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lunes, 18 de junio de 2012

Libertad ideológica y religiosa

Buenos días lectores. Me veo en la tesitura de comentaros, que en ésta semana estaré unos días fuera de casa, por lo que no puedo asegurar que recibáis vuestra dosis diaria de blog. Trataré de compensarlo con alguna entrada adicional antes de irme, o a la vuelta.

Entramos en materia con el artículo 16, que es lo suficiente largo como para que me niegue a transcribirlo, como ocurrirá con muchos más. Éste se encuentra subdividido en 3 puntos, en ellos se establece, la libertad de culto, la aconfesionalidad, y la laicidad del estado. Aunque se mantendrán relaciones con las principales confesiones, quedando remarcada la Iglesia Católica.

Con la Iglesia hemos topado. Como ya os comenté en su día, el franquismo apoyaba a la Iglesia Católica Apostólica Romana. De hecho lo hacía con tanta firmeza, que el resto de credos estaban prohibidos. Asimismo, algunos cargos eclesiásticos tenían poder político entre las filas del Generalísimo. Como mecanismo de negociación de la Constitución con estas facciones se hizo uso de éste artículo.

Todos sabéis que la Iglesia cada vez tiene menos poder en España, menos en el norte que en el sur, y menos en las ciudades que los pueblos. Pero lo cierto es que, la influencia y la cultura católica han tenido una fuerte influencia en la sociedad española (y en casi todos los países mediterráneos que siguen esta confesión). De hecho, valores que consideramos inherentes a la naturaleza humana, como evitar dañar al prójimo e incluso ayudarle, el respeto a la vida, el respeto a las normas, son aprendidos. Los mecanismos de socialización, los que imprimen nuestros rasgos de conducta más esenciales, se dan en una etapa de la vida, en la que ni los escogemos ni somos conscientes de ello. Eso sí, la sociedad actual también presiona en dirección de la libertad individual, y eso choca con la naturaleza de comunidad que trata de imprimir cualquier religión. Así pues esta diferencia de criterios, nos salva a las nuevas generaciones, de convertirnos en parte del rebaño, (aunque la publicidad que nos fuerza al consumismo lo consigue de una forma más tóxica por otros medios). 

Aunque soy un firme detractor de cualquier fe por ser contraria al desarrollo del pensamiento racional y crítico. Sí coincido en la necesidad de los valores que trata de transmitir para hacer una comunidad viable, pero lo hace por un medio engañoso, puesto que el objeto de la fe no es constatable. 

De hecho, centrándome en el catolicismo, es un arma de doble filo. Puesto que inculca valores y miedos, como por ejemplo a la muerte, pero no al hecho de morir. Si no a que después vas a ser juzgado y recibir probablemente un castigo eterno y divino, por haber hecho cosas que no tienes muy claro hasta que punto son pecado. Porque si la Biblia es la guía Michelin de cómo mantener tu alma pura, hay muchos problemas de contradicciones, estaciones de servicio que ya no funcionan, carreteras secundarias en desuso, etc. 

Sobre la aconfesionalidad, significa que nadie tiene potestad para exigirte que le digas ni a que partido votas, ni a quien rezas. Curiosamente hay ciertas universidades que  no solo te preguntan eso, si no que además te hacen un examen de conciencia y te exigen dinero. El precio de que luego usen su influencia para conseguirte trabajo es alto sin duda, pero para algunos merece la pena.

La laicidad del estado, implica que ninguna religión tendrá poder político. Se me cae el alma al suelo (si es que realmente tenemos de eso como dicen las religiones) cuando el estado le paga al Vaticano las visitas, bueno, las del Papa y las de todos sus primos. Estos cargos religiosos que chupan del bote, se reproducen como una orgía de hamsters. No solo eso, a diferencia del resto de confesiones, la Iglesia Católica tiene un lugar preferente en la declaración de la renta, e incluso le hacen publicidad. Cada vez estoy más seguro que el fruto del árbol prohibido no era el conocimiento, si no la fe, porque menudo regalo envenenado que es.

Lo más importante, la Iglesia y muchos de sus miembros de a pie, como una ONG más sí hacen una labor social loable. Los valores que nos llegan de esa algarabía de contradicciones sí son útiles (que sean correctos o no, dependerán del que los valore). Pero la única forma de evitar que este tipo de misticismo de a unos control sobre otros, basándose en unas normas de un ente inexistente, es el conocimiento. El conocimiento os hará libres, y más críticos. Así que, extended la palabra. 

Con esto en mente, mañana más y mejor.

domingo, 17 de junio de 2012

Derecho a la vida

Buenos días lectores. Con la publicación de ésta entrada, el blog ha sobrevivido oficialmente a  su primera semana. Os agradezco a todos los que me habéis felicitado personalmente por los ánimos que me habéis dado para continuar. También a todos los que os habéis registrado y los que lo leéis desde la sombras del anonimato (que salís en las estadísticas de las visitas), gracias. Es por ello que tengo que haceros una petición. Si este blog os ha parecido divertido, que tiene una información útil y que se debería extender este conocimiento, por favor, copiad el link y compartirlo en al menos una de vuestras redes sociales. Así gente que no lo conozca directamente también podrá leerlo. Tenéis botones para compartirlo tanto en la columna como al final de cada entrada. Para los que lo hagáis, gracias. Para los que no, gracias por seguirme. Dicho esto, vamos a darle candela.

Hoy vamos a tratar un artículo que ha levantado muchas ampollas a través de las leyes que se han ido creando y algunas de las que se plantean crear. El artículo 15 de la Constitución reza así: " Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra."

Voy a empezar por lo fácil. No tenéis que tenerle miedo a la ley militar, también abolió la pena de muerte por delitos de guerra. Aquí ha terminado la parte fácil.

Como todos sabemos, se ha hecho propaganda, a favor y en contra, a bombo y platillo de dos leyes que según a quien preguntéis son anticonstitucionales, la ley del aborto y la posible legalización de la eutanasia.
Obviamente, sobre estas cuestiones solo pueden hablar individuos que no han sufrido las consecuencias de ninguna de las leyes. Para el aborto actualmente se especifican ciertas circunstancias bajo las que está permitido. El debate se encuentra en a partir de que edad una persona puede tomar esta decisión sin permiso de sus propios padres. Aquí entra en juego el Tribunal Constitucional, que puede considerar una ley, contraria a lo que dicta la Constitución y anularla (entre otras funciones). En éste tema creo que no sólo mientras la joven sea menor de edad, si no que, mientras dependa económicamente de sus padres, la decisión de permitir el aborto debería de ser de ellos. Los motivos están claros, sin necesidad de explicación, creo.

Por otro lado estaría la eutanasia (muerte verdadera en latín). Una de las grandes tragedias del ser humano es la degeneración con la edad. Pero sobre todo el mayor problema se da cuando llegado un punto, generalmente de forma casual o accidental, una persona deja de ser la que era, para convertirse en un cascarón y sombra de lo que fue. Por tanto, si no guarda relación con la identidad y la personalidad que tuvo, realmente ya está muerta. No quiero alargar mucho el razonamiento, me basta con que veáis el tipo de argumentos a favor que se presentan. Cuando una familia mantiene con vida a alguien que se consume lentamente es por una decisión egoísta y una incapacidad de aceptar la pérdida, por lo que extienden el sufrimiento a lo largo del tiempo, y así se van habituando. El argumento en contra es contundente,es un homicidio o suicidio, ambos contrarios a la lectura más literal del derecho a la vida. Podría hablar durante horas de este tema, sobre la vida, el paso del tiempo, el error de la sociedad de anclarse en el pasado... pero este blog no va de eso (y ya he desvariado bastante). Así que, tras dejar clara mi posición  a favor de la eutanasia, seguimos (estaré encantado de leer vuestros comentarios al respecto y rebatirlos).

El último tema a tratar de éste artículo son la integridad y los tratos inhumanos.Estas frases, sobre todo han tenido repercusión en la redacción del Código Penal, tanto a la hora de clasificar delitos y circunstancias agravantes como a la hora de establecer los criterios de determinación de penas (y hasta aquí puedo leer sin tener que escribir otro blog sobre Derecho Penal). Pero, no es oro todo lo que reluce, y nos encontramos con actuaciones policiales, que se les olvida lo que pueden hacer y hasta donde tienen permitido hacerlo. El cuerpo de seguridad nacional es el órgano autorizado para el uso de la fuerza. Pero fuera de los límites, están cometiendo delitos contrarios al Código Penal, y también este Derecho Constitucional. Esto nos pasa por permitir a los más farrucos y descerebrados hacer uso de la fuerza.

Podría escribir parrafadas sobre estos temas, y diatribas interminables. Tanto por los elementos esenciales de éste artículo como sobre los temas relacionados, pero ésta entrada no está siendo especialmente humorística (dada la seriedad del tema espero que seáis comprensivos) y se está metiendo en temas más filosóficos y menos prácticos que los anteriores. Le echaré la culpa de todo a que es domingo. 

Lo más importante, el concepto de la vida no está claramente definido (los congresistas son abogados, no biólogos) y da lugar a estos problemas. Hay muchos conceptos a lo largo del texto de la Constitución que son imprecisos y que dependen de la interpretación del lector (y, en caso de conflicto, del Tribunal Constitucional).

Con esto en mente, mañana más y mejor.

sábado, 16 de junio de 2012

Igualdad ante la ley

Buenos días lectores, a partir de hoy os transcribiré un artículo de la Constitución para hablar de él, y ver lo que en realidad sucede en nuestra sociedad. Cómo todos sabemos, hecha la norma, hecha la trampa.

Ayer os hablaba del O.J., así que ya que empecé con las leyes, sigamos con ellas. El artículo 14, establece que: "Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer distinción alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier circunstancia social o personal"

Esto queda muy bonito sobre el papel, pero la realidad dista mucho de lo escrito. De hecho, algunas de estas discriminaciones se dan en la propia Constitución que concede ciertos privilegios a algunas personas en el desarrollo de su cargo. Esto es, que mientras lo hagan por su trabajo y no personalmente no pueden ser penados, por ejemplo en el caso de las inmunidades. Porque si una persona de a pie, se pone a despotricar sobre el Rey y la Corona, nos puede caer una buena, pero si lo hace un parlamentario dentro del Congreso o el Senado, es caballito blanco.

¿Qué dice de esto la realidad social? Lo estáis viendo por las noticias cada día en el poder judicial, en los casos que se abren contra las diferentes personalidades del país. Pongamos de ejemplo un caso reciente, el de Urdangarín. Para los que como yo ven poco la televisión (para ver como se cae el mundo a pedazos, prefiero ni encenderla), os pongo en antecedentes. El Duque de Palma, por si alguno no sabía aún que se trataba de un noble, creó una bonita fundación sin ánimo de lucro. En menos palabras, una ONG (para los que conozcáis las diferencias entre los tipos de organizaciones) que no quería sacar dinero de sus actividades. Todos lo que pertenezcáis a cualquier asociación sin ánimo de lucro (como por ejemplo, una de tiempo libre), sabéis que si se recibe un dinero no se puede repartir entre los miembros, es para la propia asociación. ¿Que hizo éste hombre? os preguntareis. Ofrecía los servicios de la organización a cambio de un dinero (aunque sea una asociación sin ánimo de lucro, puede sacar beneficio para la asociación pero no para sus miembros, así que hasta aquí es legal). Parte de estos beneficios, se deslizaban accidentalmente de la cuenta de la asociación a la suya propia. ¡Ups! ¡Qué cosas!.
Los mayores perjudicados de todo esto fueron el Gobierno Balear y la Comunidad Valenciana. En otras palabras, todos los contribuyentes.

Aquí llega el momento en que la igualdad se la saltan cual colegiala una comba. No me voy a poner técnico que os conozco. El caso es que los órganos responsables, dictaminaron que los cargos más graves que se podrían haber presentado no eran aplicables. Así que se enfrenta a cargos tales, que van a ocurrir dos cosas (os lo digo con mis poderes premonitorios, que son de fiar): primero no va ni a oler de lejos una prisión, las penas que le impongan serán las mínimas de entre las posibles y probablemente se las sustituyan por multa; y segundo, va a pagar como multa, menos de lo que ha sacado.

Ahora es cuando el Troll entendido de derecho dice "pero es que la Igualdad constitucional es solo formal", tengo dos respuestas para el individuo que esté pensando esto:
1- El término igualdad se utiliza con diferentes significados incluso dentro de la propia Constitución
2- La igualdad formal establece que en situaciones que se asemejan lo suficiente para ser consideradas iguales está prohibida la discriminación. En otras palabras, la discriminación ésta permitida si alguien (que no se sabe quien, ni con que autoridad) dice que se puede aplicar, por considerar que las circunstancias son demasiado diferentes para considerar al individuo igual a los demás. Es más al parecer tener un título nobiliario es motivo suficiente para discriminar la forma en la que te trata la ley. Por si alguien tiene alguna duda, me remito a las declaraciones de Gabriela Bravo sobre el caso Urdangarín "No todos los imputados son iguales, el grado de excepcionalidad es algo que habrá valorado el juez" 

Una ultima puntilla de sociología, la discriminación favorece al que discrimina, puesto que le hace tener privilegios sobre el discriminado.

Con esto en mente, mañana más y mejor.

viernes, 15 de junio de 2012

Un vistazo a la Constitución

Buenos días lectores. Hoy os traigo un regalo antes de empezar. [link] Se trata de un link a través del que podréis acceder a una Constitución y os la podréis descargar completamente gratis, está en PDF. Cómo podéis ver desde ayer por la tarde, disponéis de la encuesta en la columna de la derecha, justo encima de la posibilidad de haceros seguidores (ejem, ejem, indirecta, indirecta). Así que dicho esto vamos a darle candela.

Como ya os he dicho muchas veces, la Constitución Española es de los textos legales más cortos que hay en comparación con otras de sus iguales. Esto lo podéis comprobar abriendo el link de arriba, son 43 páginas, con el discurso del rey y la portada incluidas. También os he dicho que es ambigua, y supongo que os preguntareis que qué quiero decir con esto. Si cogéis una página al azar de la Constitución me podría jugar una mano a  que en alguno de los artículos encontráis "se determinará por ley" ( o "ley orgánica"), o algo similar.Ésto significa que esa parte de la Constitución será determinada por el Congreso, puesto que es el órgano legislativo.

Hagamos un poco de historia sociológica. Ayer os comente que la Constitución actual debería haber sido algo transitorio. Bueno, como podéis ver los políticos son como los guionistas de la serie de Marco, nos quitan desde el principio la madre que deberíamos tener, pero nos dejan un mono de consuelo. En su momento, tenía sentido que la Constitución diera tanta manga ancha a las Cortes. La Constitución anuló todas las leyes anteriores que fueran contrarias a ella misma por tanto era necesario redactar nuevos textos legales. Hubiese sido muy problemático introducirlos directamente en la Constitución, porque si hubieran sido erróneos la posibilidad de alterarlos hubiera resultado más complicada. En cambio las leyes se modifican con más facilidad.

Leída la Constitución y vista la evolución de la sociedad, a mi me da la sensación de que la idea era hacer las leyes, probar y fallar, y cuando se tuviesen unos textos legales que funcionasen, incluirlos en una nueva Constitución, para evitar su alteración. La lectura de los políticos actuales es la inversa, en la medida en que estos textos son modificables, tienen más poder, puesto que dictaminan a su gusto que es legal y que no. Como lo de prohibir la reunión mediante el uso de internet, for example.

La última parte de la entrada de hoy, que esta siendo un poco más densa (lo siento, hay cosas sobre las que es difícil satirizar). Creo que todos conocemos como funciona la sociedad de las gallinas, pero por si acaso lo explico. La gallina de más estatus hace uso del palo más alto del gallinero, y se caga sobre las que están abajo, y así sucesivamente, de forma que cada piso de gallinas está más guarro que el anterior. Probablemente ahora estáis pensando que me he vuelto loco (lo cierto es, que eso ya venia de serie), pero no. Para entender el O.J. (ordenamiento jurídico, para aquellos lectores que no os habéis leído las primeras entradas para gran dolor de mi corazón ), sólo tenéis que sustituir: a las gallinas por los tipos de norma (que siguen una jerarquía) y la cantidad de mierda que llevan encima por lo restringidas que están. Por si lo dudabais, los ciudadanos somos siempre las últimas gallinas. O lo que es lo mismo, cada órgano, de posición inferior, solo puede dictar normas (dentro de sus competencias, o sea, dentro de lo que puede) que sean más restrictivas que la norma dictada por el órgano superior.

Con esto en mente, mañana más y mejor.